Un contrato de arrendamiento es cuando una persona dueña de un inmueble da o cede a otra persona ese inmueble a cambio de una renta y un plazo determinado.
¿Cuáles son las partes de un contrato de arrendamiento?
- Arrendador: La persona dueña del inmueble, quien lo cede
- Arrendatario: Quien a cambio de esa inmueble paga una renta.
Características de los contratos de arrendamiento
- Bilateral: Porque deben haber mínimo 2 partes.
- Oneroso: Para ambas partes existe una utilidad.
- Conmutativo: Porque tiene una equivalencia sobre el bien pactado.
- Trato sucesivo: Cada mes se compromete a respetar el tiempo y pagar la renta.
- Temporal: Tiene una fecha de inicio y una fecha de terminación.
- Consensual: Tiene la voluntad de las partes.
Tipos de contrato de arrendamiento:
Normalmente creemos que solo existen 2 tipos de contratos de arrendamiento, el de vivienda y el de establecimiento comercial. Sin embargo, existen otros tipos de contratos de arrendamiento que se adecuan a cualquier mueble o inmueble que se desee arrendar.
1. Contrato de arrendamiento de vivienda.
Este contrato como todos los otros debe especificar que es para vivienda, recomendamos también que se especifique la cantidad de personas que van a vivir ahí y que se haga un inventario antes de entregar.
Obligaciones del arrendador:
- Entregar el bien en perfectas condiciones.
- Hacerse cargo de las reparaciones que haya que hacerle al inmueble.
- Avisar con 7 días de anticipación cuando se desea visitar el inmueble.
Obligaciones del arrendatario:
- Cuidar el bien
- Pagar puntalmente la renta.
- Pagar los servicios públicos y básicos.
- Dar aviso al arrendador cuando ocurra perturbación o usurpación.
- Permitir que el arrendador pueda ir a ver el inmueble.
2. Contrato de arrendamiento de local comercial.
Para identificar que un lugar es comercial basta con ver que sea un conjunto de vienes organizados para llevar acabo los fines de la empresa.
Derechos del arrendatario:
Una vez cumplido 2 años consecutivos en un mismo local comercial el arrendatario tendrá derecho a la renovación del contrato al vencimiento del mismo.
Esto quiere decir que al cumplirse los 2 años, además de renovarse por sí solo el contrato y extenderse en tiempo el arrendatario adquiere ciertos derechos y puede cambiar algunas condiciones del contrato.
Esto se hará efectivo salvo que por alguna razón pase alguna de estas excepciones:
- Cuando el arrendatario haya incumplido el contrato.
- El propietario necesite el inmueble para su propio uso y goce.
- Si el inmueble deba ser reconstruido o reparado con obras necesarias.
Al arrendatario se le debe avisar con 6 meses de anticipación sin por alguna razón su contrato no será renovado.
Como te decíamos anteriormente existen más tipos de contratos ademas de estos 2. A continuación te mencionamos algunos que pueden ayudarte. Sin embargo, Te recomendamos que te asesores con nuestros profesionales para que puedas adecuar cada contrato a tus necesidades.
3. Contrato de arrendamiento de inmueble para parqueo de vehículo
4. Contrato de arrendamiento de espacio para almacenamientos de enseres.
5. Para las siguientes entidades es necesario unos contratos muy especiales:
- Fundaciones, corporaciones, iglesias.
- Actividades no mercantiles
- Entidades del estado.
- Aparta estudios amoblados.
- Oficinas amobladas.
- Casas para madres comunitarias.
Frente a cualquier duda que puedas tener con respecto a cualquier tipo de contrato no dudes en contactarnos.